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Operación Relámpago: persecución política al movimiento sindical

La Operación Relámpago se llevó a cabo en el marco de la doctrina del “enemigo interno”. Tuvo por objetivo desarticular al movimiento sindical para garantizar los intereses de las multinacionales en la región del Valle del Cauca.

Nadie puede taparse los ojos, los oídos,
enmudecer y cortarse las manos.
Todos tenemos un deber de amor que cumplir,
una historia que hacer
una meta que alcanzar.
“Uno no Escoge”, Gioconda Belli

Por .John Freddy Caicedo-Álvarez* Durante la madrugada del jueves 1 de marzo de 1990, en las áreas urbanas de los municipios de Cali, Palmira, Yumbo, Jamundí y Buenaventura, se llevó a cabo una acción militar denominada Operación Relámpago. Durante esa noche y los días posteriores, en los municipios señalados, se presentaron numerosos allanamientos –en algunos documentos se señala que 60–, la mayoría de ellos ilegales, sin órdenes y actuando por la fuerza. En un comunicado del 14 de marzo de 1990, elaborado por Sintrasidelpa y Sintraime, seccionales de Yumbo, se resume con claridad lo que sucedió en aquellos días.
“El Sindicato de Trabajadores de Siderúrgicas del Pacífico S.A. (Sintrasidelpa), y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal Mecánica, Metálica, Metalúrgica y Siderúrgica (Sintraime), seccional Yumbo (Valle), reunidos en Junta Directiva extraordinaria se permiten informar y denunciar a la clase trabajadora del país lo siguiente:

  1. Que el día 1 de marzo de 1990 en las horas de la madrugada tropas de la Tercera Brigada de Cali allanaron las residencias y detuvieron a nuestros compañeros dirigentes sindicales Luis Norberto Serna Carvajal, presidente de la seccional Yumbo, vicepresidente del Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Trabajadores del Metal (Fentrametal), actual asesor del pliego de peticiones de los compañeros de Curtiembres Titán en Yumbo (Valle); Jorge E. Baylon Hernández, vicepresidente del Sindicato de Base; Henry A. Hurtado Guerrero, exdirectivo sindical del Sindicato de Base; ese mismo día fueron detenidos también los compañeros Simón Duque Guerrero, directivo sindical y negociador en la empresa Titán; Toribio Bohorquez, exdirectivo sindical y trabajador de Titán; y Gerson López, miembro del Comité Ejecutivo de la CUT, subdirectiva Valle del Cauca y trabajador de la Central de Anchicayá, quien fue puesto en libertad el día 3 de marzo de 1990 en horas de la tarde. Todos estos compañeros fueron trasladados a las instalaciones de la Tercera Brigada.
  2. Que en la mañana del 1 de marzo de 1990 se presentaron a la Tercera Brigada para abogar por la libertad de los compañeros dirigentes sindicalistas detenidos, el compañero Héctor E. Castro Hernández, presidente nacional del Sindicato de Trabajadores de Goodyear y miembro del Comité Ejecutivo de la CUT Valle, quien fue también detenido; y el compañero Francisco J. Sepúlveda, quien fue avisado oportunamente logrando esquivar su detención en la propia Brigada. El compañero Sepúlveda es fiscal del Sindicato de Base y miembro del Comité Ejecutivo de la CUT Valle.
  3. Que en la mañana del 2 de marzo de 1990 fue allanada la residencia y detenida la compañera María Elizabeth Suárez, coordinadora en el Valle del Cauca del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP) e igualmente allanada la sede de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ASFFADES), como también se allanó la residencia de los padres del compañero Willian Martínez Muñoz, tesorero de Sintraime seccional Yumbo (Valle) y la residencia de la esposa del compañero Héctor E. Castro H.
  4. Que los compañeros detenidos fueron objeto de la aplicación del Decreto de Estado de Sitio N° 2113 de 1989, que según consta en las actas de allanamiento no se encontró nada y que contra ellos no existe ningún cargo.
  5. Que el día lunes 5 de marzo de 1990, mientras se analizaba la situación presentada en la sede del Sindicato de Trabajadores Goodyear, ésta fue objeto de un allanamiento, donde no se encontró nada, siendo detenidos los siguientes compañeros:
    De Sintrasidelpa:
    James Lozano Arias, secretario de Actas.
    Willian A. Escobar H, secretario de Organización.
    Clotario Adrada López, secretario de Previsión Social.
    Oscar Lavado Córdoba, secretario de Asistencia Médica y Hospitalaria.
    Carlos J. Jaimes Vergal, miembro de la Comisión de Reclamos.
    De Sintraime:
    Willian Martínez M., tesorero.
    Heli De J. Quebra T., vicepresidente y Delegado Nacional del Sindicato.
    Roberto Álvarez Acebedo, secretario de Actas.
    De Sintragoodyear:
    Diego Ramírez.
    Julio César Hernández.
    Pablo Díaz.
    Jairo Collazos.
    Del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud (Sindes):
    Ligia Bocanegra, presidenta del Sindicato.
    También fue detenido el Compañero Harold, R. Ruíz M., instructor sindical en el campo del Código Laboral.
  6. Que el día 6 de marzo de 1990 fue allanada varias veces al día la residencia del compañero Martín A. Bolívar B., secretario General de Sintraime seccional Yumbo (Valle). Los días 4 y 5 de marzo de 1990 fue allanada la residencia del compañero Francisco J. Sepúlveda.
  7. Que el día 6 de marzo de 1990 en las horas de la tarde la Tercera Brigada emite el Comunicado N° 21, el cual constituye la más grande infamia contra nuestros compañeros, siendo repudiado por las bases trabajadoras de las empresas donde laboran los compañeros y la clase obrera de la región. Francamente no sabemos en cabeza de quién caben semejantes acusaciones, ya que conocemos de la falsedad de esos cargos. La actividad como dirigentes sindicales y populares ha estado siempre guiada en defensa de los intereses de los trabajadores, dentro del marco legal que señala la Constitución Nacional y no tiene ninguna relación con grupos subversivos o guerrilleros como se ha pretendido mostrar.
    Que a la fecha, marzo 14 de 1990, han sido puestos en libertad, no sin antes ser reseñados, los compañeros que no aparecen en el mencionado comunicado N° 21. (Aclaramos que el que aparece identificado como Luis C. Salazar Gallego no tiene ninguna relación con nuestros sindicatos).”

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La Operación Relámpago no fue improvisada, al contrario. Por su nivel de despliegue y por las acciones posteriores podemos determinar una minuciosa planificación, tanto en lo correspondiente a los sindicatos y personas afectadas, como a la infraestructura necesaria para la consumación posterior de cada uno de los crímenes. Junto a la estricta planificación que evidencian los hechos de la Operación Relámpago, en declaraciones de familiares podemos determinar una acción militar con antecedentes en cuanto a señalamientos y persecuciones contra las personas, las familias y las organizaciones afectadas.

Traslado a la Tercera Brigada

Una vez ocurridos los allanamientos iniciales, las organizaciones sindicales y de derechos humanos emprendieron acciones en procura del bienestar y seguridad de las personas detenidas. Sin embargo, esa importante y necesaria acción conllevó a nuevas detenciones, allanamientos y señalamientos. Es así como en el caso de los organismos de derechos humanos se producen detenciones que afectan la defensa de las personas ya detenidas, aumentando su situación de vulnerabilidad, dejando también expuestos a quienes iban a cumplir ese papel de defensores y defensoras.

Las detenciones ocurrieron en Cali y el área metropolitana; algunas de ellas en el centro del Valle y en Buenaventura, otras en las mismas instalaciones de la Brigada al presentarse a solicitar información por los detenidos. Tras la detención, las personas fueron reunidas en las instalaciones de la Brigada. Aunque permanecieron en un mismo salón y en un mismo patio se les prohibió comunicarse, no teniendo sino la oportunidad de mirarse hasta que fueron vendados. Las personas detenidas en grupo fueron llevadas a los vehículos de los militares y, una vez en la Brigada, se les tomaron los datos personales varias veces, hasta dividirles en grupos.

Mientras desde afuera se comprobara que no se presentaran torturas, el trato fue relativamente “bueno”. Pero una vez realizada la legalización del “buen trato”, cuando las acciones de denuncia y de atención disminuyeron la presión –es decir, cuando las entidades de derechos humanos fueron debilitadas deteniendo a algunos de sus integrantes–, entonces en la Tercera Brigada los militares comenzaron a actuar con mayor agresividad, procediendo a vendar a quienes quedaron, trasladándolos inmediatamente en camionetas al sector del polígono en la sede del Batallón Pichincha.

Sesiones de tortura

Durante el tiempo que transcurrió entre la detención y la presentación ante los medios de comunicación, en las instalaciones militares se llevaron a cabo numerosas sesiones de tortura contra la gran mayoría de las personas detenidas, incluyendo a las que quedaron libres después de los primeros días. El lugar en el que se realizaron las torturas fue identificado por parte de las víctimas como el polígono –de hecho, algunas pudieron verlo cuando se les quitó la venda y otras lo dedujeron por la cantidad de detonaciones que se escuchaban todo el tiempo–. El sitio fue descrito, en ese sentido, como una zona donde los militares entrenaban, donde se hacían prácticas militares. Las personas detenidas y allí torturadas describieron corredores de llantas, que al parecer eran utilizados como obstáculos a vencer o como trincheras; en esa área fueron ubicados, aunque separados, de tal manera que no pudieran comunicarse entre sí.

Cada una de las personas detenidas tiene una historia, cada historia ayuda a construir el panorama completo de lo que en ese tiempo sucedió: mientras la tranquilidad que se observaba en las afueras de las sedes militares continuaba, dentro se ocultaba la verdad dolorosa de lo que sucedía en los centros de detención y tortura. Los relatos develan toda la tragedia humana vivida, no solo por la existencia de víctimas de torturas, sino por la existencia de seres humanos e instituciones capaces de ejecutar y respaldar conscientemente tales actuaciones.

Presentación ante los medios

Después de tres días de tortura individual, fueron trasladados a una plaza en donde hicieron un simulacro de fusilamiento, tras lo cual les quitaron las vendas, dejándolos de pie. De allí les remitieron a la Policía Judicial con el argumento de solucionarles el caso, pues no había pruebas para tenerlos en la Tercera Brigada. El procurador se hizo presente y firmó un acta en donde constaba que se encontraban “bien” y que eran puestos en libertad. Otras personas también detenidas en las instalaciones de la Brigada fueron trasladadas a las oficinas del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) para dar inicio al proceso judicial acusados de pertenecer al Ejército de Liberación Nacional (ELN).

La Tercera Brigada publicó un comunicado de prensa donde el general Bonnet, en ese momento brigadier general, planteó sus argumentos y señalamientos.

El miércoles 7 de marzo de 1990 el periódico El Caleño publicó, con un gran titular: “Extra-Cali-Extra. Espectacular y exitoso golpe de la Tercera Brigada: liquidada red urbana del ELN”. Allí se señalaba que “el comandante de la Tercera Brigada aseguró que entre los detenidos están los enlaces urbanos del Ejército de Liberación Nacional y los responsables del incendio de un bus en Aguablanca, donde tres personas murieron quemadas”. Lo paradójico es que el periódico plantea que la Operación Relámpago fue realizada en las últimas horas, desconociendo los hechos acontecidos durante más de siete días de detención. De la misma manera actuaron los otros medios de comunicación, como El Tiempo, Occidente y demás, sordos a las pocas palabras que alcanzaron a expresar las personas acusadas.

La presentación a los medios consistió en colocarlos de pie, en fila, una persona al lado de la otra, frente a una mesa con armas, explosivos y una pancarta del ELN, señalándolos como miembros de una célula urbana de esa guerrilla y de ser responsables de atentados a oleoductos. Antes de mostrarlos a los medios de comunicación jugaron con su situación emocional: con el argumento de permitirles salir del sitio les dijeron que iban para una casa, de hecho pudieron bañarse, vestirse y peinarse; era 6 de marzo, el reloj marcada las 6 pm. De pronto, se encontraban las diez personas en un potrero, junto a tres mesas que contenían armas, explosivos y una bandera del ELN.

Traslado al DAS y a la cárcel de Villahermosa

De la sede del Batallón, después de la presentación pública, fueron trasladados a los calabozos del DAS, en donde se dio inicio al proceso judicial en su contra.

Quienes no fueron judicializados fueron trasladados a la sede la Policía Judicial, en donde permanecieron toda la noche acostados en el piso. A la mañana siguiente les tomaron las huellas digitales, fotografías individuales de medio cuerpo, con una placa y un número, los llevaron a una celda. Después los interrogaron en la sección de inteligencia. Los dejaron en libertad a las 8:30 de la noche.

Quienes estaban en el DAS permanecieron allí hasta el 10 de marzo, fecha en que fueron llevadas dos personas nuevamente a la Tercera Brigada, siendo acusadas de secuestro. Allí les vendaron los ojos, les amarraron las manos y los tuvieron de pie con golpes permanentes; una de las personas fue herida en la frente. Los amenazaban con asesinarlos junto a sus familias si no confesaban sobre un supuesto secuestro.

Finalmente, contra las personas detenidas, torturadas y acusadas de pertenecer al ELN se abrió un proceso judicial, por lo cual fueron trasladas a la cárcel de Villahermosa.

Al Comité de Presos Políticos lo sindicaron de ser un parapeto del ELN y que por eso debía desaparecer; al abogado William Peña lo acusaron de ser el responsable de finanzas de dicha organización; meses después, Alirio de Jesús Pedraza, el abogado que asumió el caso, fue detenido – desaparecido.

La concentración de las personas detenidas en la ciudad de Cali –específicamente en la sede la Tercera Brigada, Batallón Pichincha, en el sitio denominado La Remonta– nos permite señalar con seguridad la responsabilidad de sus comandantes. Era prácticamente imposible, como responsables de la Brigada, que no supieran de las torturas cuando presentaron ante los medios de comunicación los resultados de la Operación Relámpago, defendiendo a las fuerzas militares y condenando al grupo de personas detenidas como integrantes de la guerrilla.

Crimen de Lesa Humanidad

La Operación Relámpago es un ejemplo contundente de la violación a los derechos humanos en Colombia. Demuestra que las fuerzas de seguridad colombianas actúan en el marco de la Doctrina de Seguridad Nacional y que recurren a procedimientos que se enmarcan dentro de lo que se denomina crímenes de Lesa Humanidad.

De hecho, para las fuerzas militares colombianas, la culpabilidad de una persona o de un grupo de personas al parecer no se demuestra durante el proceso de investigación, sino en las posiciones ideológicas que las mencionadas personas o colectividades asumen.

Con la condición de culpable previamente estipulada desde lo ideológico y desde los procedimientos de inteligencia, lo único pendiente parece ser la destrucción de las personas, sus organizaciones y sus relaciones comunitarias. La obtención de la información no se requiere para demostrar la inocencia o culpabilidad, sino para programar nuevas operaciones ofensivas. Las fuerzas estatales asumen como un ejercicio necesario diversos métodos de tortura, independientemente de los tratados internacionales o las declaraciones nacionales en materia de derechos humanos y de ciudadanía.

La Operación Relámpago obedeció a una estrategia de persecución contrainsurgente que encaja dentro las definiciones de enemigo interno que la Doctrina de Seguridad Nacional plantea.

Los procedimientos desarrollados por los militares durante la Operación Relámpago dan cuenta de la interiorización de los procedimientos de seguimiento e interrogatorio formulados desde los Estados Unidos. Esto puede asociarse a la confrontación sindical que en el Eje Industrial Cali–Yumbo se desarrollaba frente a sectores capitalistas encarnados en las multinacionales y sus inversiones ahí ubicadas.

Por último, es muy importante mencionar que las personas detenidas, torturadas, expuestas a los medios y encarceladas fueron declaradas inocentes por la misma justicia colombiana. De acuerdo al proceso N° 0097, Sentencia N° 004, bajo el subtítulo Resuelve, aparece el numeral 5º: “Absuelve a Luis Norberto Serna Carvajal, Toribío Boherquez, Héctor Emilio Castro Hernández, James Lozano Arias, Roberto Harolde Ruiz Moreno, Eli De Jesús Quebrada Trejos, Julián Diel Urresta Aragón, Jairo Alfredo Mercanchano Guatusmal, todos de condiciones civiles y personales reseñadas en esta sentencia, de los cargos por los que fueron indagados en el presente proceso”.

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* Extracto del texto inédito ¡A luchar!, deudas con la memoria, preparado por el autor para esta edición. Fundación Guagua – Galería de la Memoria Tiberio Fernández Mafla.